La reciente reforma al Código Fiscal de la Ciudad de México generó controversia al establecer que los propietarios de inmuebles con valor catastral superior a 4.5 millones de pesos debían informar a la autoridad sobre el estado de su propiedad. Sin embargo, el gobierno capitalino aclaró que esta medida es completamente voluntaria y no conlleva sanciones en caso de omisión.
¿Qué establece la reforma?
El cambio, publicado en la Gaceta de la Ciudad de México, añadió un párrafo al artículo 132 del Código Fiscal, instruyendo a los contribuyentes a presentar una declaración informativa sobre el uso habitacional de sus inmuebles. Se solicitaba especificar si la propiedad estaba habitada, si había sido ocupada por una persona física en el último año y bajo qué modalidad (renta, préstamo, entre otras).
Postura del Gobierno de la CDMX
La jefa de Gobierno, Clara Brugada, enfatizó que la medida tiene únicamente fines estadísticos y que la información servirá para actualizar el catastro de la ciudad, el cual registra las características de los inmuebles, su ubicación y uso.
“No existe ninguna sanción para quienes no la presenten, no afecta su propiedad ni sus contribuciones. Hay que detener la especulación en torno a este tema”, declaró Brugada.
Por su parte, Juan Pablo de Botton, secretario de Finanzas de la CDMX, reiteró que la medida solo aplica al 3% de las cuentas catastrales de la ciudad y que los propietarios pueden optar por no proporcionar la información sin consecuencias fiscales.
Con esta aclaración, el gobierno busca disipar dudas y evitar desinformación sobre el alcance de la reforma.