Ciudad de México.- Las comisiones unidas de Administración y Procuración de Justicia y de Igualdad de Género del Congreso capitalino aprobaron un dictamen que modifica la forma en que se investigan y persiguen los delitos sexuales y la violencia familiar.
La nueva normativa establece que actos como tocamientos, caricias, roces corporales o exhibiciones sexuales serán considerados delitos y podrán ser perseguidos de oficio, es decir, sin necesidad de que la víctima presente una denuncia. Las penas van de uno a seis años de prisión, y se incrementan en un año cuando existan agravantes como violencia física, emocional o moral, relaciones de confianza o parentesco con la víctima, o cuando el agresor tenga responsabilidad sobre ésta.
Asimismo, las sanciones aumentan si el agresor es servidor público, profesional o ministro de culto, o si la víctima se encuentra bajo efectos de alcohol, drogas, está embarazada o no comprende la magnitud del hecho.
El dictamen también amplía la definición de violencia familiar para incluir agresiones entre parejas, novios, relaciones sexoafectivas o exparejas, aunque no convivan juntos, con el objetivo de visibilizar conductas que antes eran consideradas menores. Además, tipifica el acoso sexual digital, castigando a quienes utilicen medios tecnológicos para contactar a menores o personas incapaces con fines sexuales, solicitar contenido íntimo o proponer encuentros físicos, imponiendo penas de cuatro a seis años de prisión.