TEPJF invalida votos de las llamadas ‘boletas planchadas’

Ciudad de México.— La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó este miércoles, por unanimidad, revocar el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) que permitía a los consejos distritales valorar si contabilizaban las boletas sin marcas de doblez, conocidas como “boletas planchadas”.

Con la resolución, los magistrados establecieron que este tipo de boletas no deben contabilizarse como votos válidos cuando carezcan de dobleces que acrediten que fueron depositadas en la urna conforme al procedimiento establecido.

El magistrado Felipe de la Mata Pizaña sostuvo que una boleta completamente lisa no puede ser considerada un voto, al señalar que la ausencia de dobleces impide acreditar que siguió el procedimiento legal previsto para ser doblada y posteriormente introducida en la urna.

La sentencia establece que corresponde a las mesas directivas de casilla identificar estas boletas durante el escrutinio y declarar su invalidez. Además, deberán dejar constancia de la anomalía en la hoja de incidentes y mantener las boletas separadas del resto de la votación.

Regla para los recuentos distritales

El TEPJF también fijó una regla específica para los casos en que se realicen recuentos en los consejos distritales.

En estos procedimientos, los funcionarios deberán verificar si existen boletas sin doblez y, de confirmarse esta condición, declararlas inválidas y excluirlas de los resultados de la casilla.

El fallo derivó de los recursos de apelación promovidos por los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI), Movimiento Ciudadano (MC), así como las agrupaciones políticas SOMOS y PAZ, quienes impugnaron los lineamientos de cómputos distritales aprobados por el INE.

El proyecto de resolución sobre este tema había sido publicado previamente por el TEPJF y correspondió al expediente SUP-JDC-473/2026 y acumulados, relacionado con el acuerdo INE/CG542/2026. 

El tema había generado una controversia en el Consejo General del INE. Durante sesiones del organismo, consejeros y representantes partidistas habían señalado la existencia de boletas sin doblez en distintos procesos y planteado la necesidad de establecer criterios para su tratamiento durante los cómputos. 

Con la resolución de la Sala Superior, queda establecido que las boletas sin marcas de doblez deberán ser identificadas y separadas durante el escrutinio, sin que puedan incorporarse automáticamente a los resultados electorales.

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