SCJN confirma exclusividad del Estado en explotación del litio y minerales radioactivos

La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reafirmó ayer que la explotación del litio y los minerales radioactivos es exclusiva del Estado mexicano, al ser declarados de “utilidad pública”. Por unanimidad de cuatro votos, los ministros aprobaron el proyecto presentado por el ministro Alberto Pérez Dayán, que desestimó un amparo interpuesto por una minera en Chihuahua contra la reforma a la Ley Minera de abril de 2022, impulsada por el entonces presidente Andrés Manuel López Obrador.

El caso de los quejosos

Los solicitantes del amparo, Guillermo Villalobos Olivas, Gonzalo Ceballos Fontes, Alfonso Prieto Prieto y Grupo Bararal, titulares de la concesión minera 246359 en el lote San Pedro, en Satevó, Chihuahua, argumentaron que la reforma de 2022 afectaba sus derechos adquiridos al imponer nuevas limitaciones sobre su concesión. Alegaron también que dicha reforma violaba principios constitucionales, al restringir o cancelar derechos mediante una ley secundaria.

Reforma constitucional como base del fallo

La SCJN rechazó el amparo citando la reciente reforma al artículo 27 de la Constitución, publicada el 31 de octubre de 2024. En su párrafo sexto, esta reforma establece que no se otorgarán concesiones para la explotación de minerales radioactivos ni del litio. “Aunque se declarara la inconstitucionalidad de la Ley Minera como lo pretende la parte quejosa, no obtendría beneficio alguno dado que subsiste en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que el Estado mexicano no otorgará concesiones en tratándose de litio”, señala el proyecto aprobado.

El fallo también aclaró que cualquier concesionario que accediera a un amparo contra la reforma a la Ley Minera no podría beneficiarse, ya que la norma constitucional prevalece sobre las leyes secundarias y establece claramente la prohibición de otorgar concesiones para el litio.

Impacto y contexto

Con este dictamen, la SCJN confirma que la exclusividad del Estado en la explotación de estos recursos es un principio constitucional que no puede ser modificado mediante leyes secundarias o recursos legales individuales. Esta decisión fortalece la reforma promovida en 2022, que busca garantizar que la riqueza mineral del país permanezca bajo control estatal.

La resolución también refuerza la necesidad de adaptar el marco legal y político para asegurar que la explotación de recursos estratégicos como el litio beneficie directamente al desarrollo nacional y no esté sujeta a intereses privados.

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